
A veces aparcar es una pesadilla y cuando encuentras el «hueco» más pequeño donde cabe tu coche, tiendes a ponerlo allí. Yo lo he hecho, si estás leyendo y conduciendo, probablemente ya lo hayas hecho, sin embargo, hay una cuestión que debemos considerar, a la luz del Código de Circulación (CE).
Ahora bien, según la CE, basándose en el punto 4 del artículo núm. 48, «al estacionar el vehículo, el conductor deberá dejar los espacios necesarios para la salida de otros vehículos, de modo que puedan ocuparse los espacios libres y facilitar el acceso a los edificios, así como tomar las precauciones necesarias para evitar que el vehículo se mueva».
En otras palabras, el Código de Circulación es claro: un conductor que coloca su coche de tal manera que el otro conductor tiene grandes dificultades para salir se enfrenta a una multa que puede oscilar entre 30 y 150 euros.
La ley es clara… pero también subjetiva
El problema con esta ley específica es que deja lugar a la subjetividad. Esto se debe a que no se dice, en ningún momento, qué se entiende por espacio necesario. ¿Mide 30 cm? ¿Mide 50 cm? 1 metro? No se mencionan medidas en ninguno de los puntos del artículo núm. 48.
Evidentemente, en realidad, el sentido común de cada uno le permite juzgar si el otro coche puede salir o no. Sin embargo, existen dudas sobre lo que realmente puede dar lugar a una multa.
Entonces, obviamente, también sabemos que es diferente tener X cm de distancia en un plano, o en una subida empinada. Los requisitos son diferentes. Una vez más, el Código de Circulación no prevé estas situaciones.
Básicamente, es una de esas leyes «grises». Existe, está ahí y te pueden multar por la infracción. Pero tampoco es muy claro hasta el punto de resultar intuitivo para todos.
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