
PARA ENTRAR
La ruta para la inmensa mayoría de niños es pasar a una guardería en los primeros años de vida (¡algunos comienzan en unos meses!).
Sin embargo, si no hay espacio en una guardería pública, supone un gasto elevado que pesará en las facturas de los padres. También el ATL, al que asisten muchos jóvenes, supone una carga igualmente pesada.
Lo que muchos aún no saben es que existen apoyo social específicoasignados en función de los ingresos del hogar, que pueden reducir significativamente este gasto mensual, pero que requieren una solicitud formal para su asignación.
A partir de entonces, el contribución familiar para el uso de servicios y equipamientos socialesprevisto en la Ordenanza n° 196-A/2015.
¿Cómo se calcula el apoyo?
La contribución a la guardería se calcula según una tabla de ingresos definida anualmente, que tiene en cuenta el número de personas del hogar y el ingreso mensual per cápita.
Cuanto menores son estos ingresos, mayor tiende a ser el porcentaje de aportación atribuido a la familia, que en algunos casos puede cubrir una parte muy importante de la cuota mensual de la guardería.
El problema es que este apoyo no se concede automáticamente. Por lo tanto, corresponde a la propia familia realizar la solicitud a la institución, generalmente una Institución Privada de Solidaridad Socialentregando toda la documentación relativa a los ingresos del hogar.
Ejemplo práctico
En el caso de las guarderías también existe una ventaja importante. Están exentas de este pago las familias que se encuentran en los tramos 1º y 2º, estando íntegramente financiadas por la Seguridad Social.
Una familia con un niño en una guardería cubierta por un convenio de colaboración y una cuota mensual de 350 euros.
Si la familia cumple los criterios para beneficiarse de la guardería gratuita, esta cantidad de 350 euros ya no correrá a cargo de los padres y correrá a cargo de la Seguridad Social.
Si la familia no está cubierta por el beneficio gratuito, aún podrá haber un aporte familiar calculado en base al ingreso per cápita, siendo necesario presentar comprobante de ingresos y gastos considerados por la institución.
ATL también puede beneficiarse del reembolso
El mismo tipo de lógica se aplica a los ATL, centros de actividades de tiempo libre a los que asisten niños en edad escolar fuera del horario escolar.
Muchas familias asumen que este tipo de apoyo sólo existe para las guarderías, sin saber que, dependiendo de la institución y del municipio, también es posible solicitar reembolso para la ATL, especialmente cuando trabaja en asociación con un IPSS o una institución con protocolo de reembolso social.
Hay otro factor que muchas familias desconocen. Existe la posibilidad de deducir parte de estos gastos del IRS.
Los gastos de educación, incluidas las cuotas mensuales de guardería y ATL, pueden incluirse en la deducción de gastos de educación, dentro de los límites definidos anualmente por la Autoridad Tributaria.
Para ello, se deberán emitir correctamente las facturas respectivas con el número de contribuyente del niño o tutor asociado.
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